Artículo 116. Modificación de la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, de cambio climático y transición ecológica de la Comunitat Valenciana.
Artículo 116 de la Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. · BOE-A-2026-15683
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-03.
Texto consolidado
La Ley 6/2022, de 5 de diciembre, de cambio climático y transición ecológica de la Comunitat Valenciana, queda modificada como sigue:
Único. Se añade una nueva disposición adicional decimoséptima, con la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimoséptima. Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM).
El Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo (CEAM), fundación de la Generalitat, actuará como órgano científico-técnico de consulta y asesoramiento del Consell en materia ambiental y ante los cambios en los fenómenos meteorológicos.
En este marco, el CEAM contribuirá a la identificación de prioridades científicas y áreas emergentes de investigación relacionadas con la preparación y adaptación frente a los impactos climáticos en el ámbito valenciano. Asimismo, participará en el desarrollo de herramientas avanzadas que refuercen la resiliencia del territorio valenciano frente a los riesgos derivados de fenómenos meteorológicos extremos. Su labor promoverá la coherencia de las decisiones públicas con la mejor evidencia científica disponible, y favoreciendo la cooperación con redes e instituciones especializadas a nivel nacional e internacional.»
Más artículos de Ley 3/2026
- ← Artículo 115. Modificación de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de prevención, calidad y control ambi…
- → Artículo 117. Modificación del Decreto 22/2015, de 13 de febrero, del Consell, por el que se regulan las funciones y …
- Ver la norma completa: Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.