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Ley Vigente

Artículo 114. Medidas de carácter general.

Artículo 114 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-6806

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

Texto consolidado

Para la vigilancia, control y erradicación de las enfermedades de los animales se establecen, a disposición de la administración pecuaria de la Generalitat, las siguientes acciones sanitarias de carácter general:

a) Notificación de la presencia de enfermedades.

b) Investigación y diagnóstico.

c) Declaración oficial de la enfermedad.

d) Actuaciones preventivas y tratamiento.

e) Control de los movimientos de los animales y del destino de los cadáveres.

f) Sacrificio del ganado.

g) Actuaciones complementarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

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