Artículo 114. Multas.
Artículo 114 de la Ley 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria. · BOE-A-2021-8105
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-22.
Texto consolidado
Las infracciones administrativas tipificadas en la presente ley serán sancionadas con multas de acuerdo con la siguiente escala:
a) Las infracciones leves con multa de 100 a 600 euros.
b) Las infracciones graves con multa de 601 a 60.000 euros.
c) Las infracciones muy graves con multa de 60.001 a 100.000 euros.