Artículo 113. Infracciones muy graves.
Artículo 113 de la Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia. · BOE-A-2011-17778
Atención: Ley 3/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Constituyen infracciones muy graves las siguientes conductas:
a) La reincidencia en las infracciones graves.
b) Las infracciones recogidas en el artículo anterior cuando de ellas se desprendiera daño de imposible o difícil reparación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.