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Ley Vigente

Artículo 112. Intervención de la liquidación.

Artículo 112 de la Ley 5/2023, de 8 de marzo, de sociedades cooperativas de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13762

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

Texto consolidado

1. El diez por ciento de las personas socias y asociadas en las cooperativas de más de mil, el quince por ciento en las de más de quinientas y el veinte por ciento en el resto puede solicitar al juez o a la jueza competente que designe una o varias personas interventoras que fiscalicen las operaciones de la liquidación.

2. En este caso, no tendrán validez los actos de las personas liquidadoras efectuados sin participación de las interventoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

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