El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Derogada

Artículo 112. Hecho imponible.

Artículo 112 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOPV-p-2007-90050

Atención: Decreto Legislativo 1/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación, de oficio o a instancia de parte, de los siguientes servicios comunes en materia de industria, seguridad industrial, energía y minas:

a) Acreditaciones profesionales y certificados de empresa autorizada.

b) Procedimientos expropiatorios.

c) Actividades cuya puesta en marcha requiere autorización administrativa.

d) Emisión de certificados no contemplados en otras tarifas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-12-28.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2007

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.