Artículo 11.
Artículo 11 de la Resolución de 22 de octubre de 1982, de la Dirección del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interno de la Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza. · BOE-A-1982-28767
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-25.
Texto consolidado
La Junta se reunirá con carácter ordinario una vez al año, precisamente durante el mes de junio con el fin de conocer el desarrollo de la temporada cinegética anterior e informar a la Dirección del ICONA de los resultados obtenidos, para una mejor valoración de la riqueza cinegética nacional y su desarrollo.
Con carácter extraordinario se reunirá:
a) Cuando el Presidente lo estime necesario.
b) A petición de tres o más miembros de la Junta.
c) Siempre que sea necesario para homologar todos aquellos trofeos que puedan estar clasificados entre los cinco de mayor puntuación de cada especie.