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Real Decreto-ley Derogada

Artículo 11. Derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y herramientas.

Artículo 11 del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. · BOE-A-2020-11043

Atención: Real Decreto-ley 28/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Las personas que trabajan a distancia tendrán derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad, de conformidad con el inventario incorporado en el acuerdo referido en el artículo 7 y con los términos establecidos, en su caso, en el convenio o acuerdo colectivo de aplicación.

2. Asimismo, se garantizará la atención precisa en el caso de dificultades técnicas, especialmente en el caso de teletrabajo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-10-13.

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