Artículo 11. Previsiones generales.
Artículo 11 del Real Decreto 865/2010, de 2 de julio, sobre sustratos de cultivo. · BOE-A-2010-11153
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-14.
Texto consolidado
Únicamente se podrán poner en el mercado, los sustratos o componentes de sustratos pertenecientes a alguno de los tipos incluidos en el anexo I y que cumplan las demás condiciones establecidas en este real decreto.