Artículo 11.
Artículo 11 del Real Decreto 783/1984, de 22 de febrero, por el que se modifica la Comisión del Grisú y de Seguridad Minera. · BOE-A-1984-9207
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-04-24.
Texto consolidado
Se autoriza al Ministro de Industria y Energía para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Real Decreto.