Artículo 11. Secretaría General de Relaciones Institucionales y Ciudadanía.
Artículo 11 del Real Decreto 676/2025, de 28 de julio, por el que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2025-15653
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-04.
Texto consolidado
1. Bajo la dependencia directa de la persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno existirá una Secretaría General de Relaciones Institucionales y Ciudadanía. Le corresponderán las tareas de coordinación de las áreas de su competencia y de los departamentos y unidades que se le adscriben y desempeñará las siguientes funciones:
a) Articular la actividad institucional de la Presidencia del Gobierno.
b) Impulsar la interlocución entre la Presidencia del Gobierno y la ciudadanía mediante distintos canales de comunicación y análisis.
2. Dependiendo de la persona titular de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Ciudadanía existirá el Departamento de Asuntos Institucionales, cuyo titular tendrá rango de Director General.
3. El Departamento de Asuntos Institucionales contará con las siguientes unidades, que tendrán nivel orgánico de Subdirección General:
a) Unidad de Asuntos Institucionales.
b) Unidad de Coordinación.
4. Bajo la dependencia de la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Ciudadanía existirá la Unidad de Atención y Respuesta a la Ciudadanía, con rango de Subdirección General.
Se suprime y se renumera con el contenido del art. 12 por el art. 2.3 del Real Decreto 1081/2025, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-24546
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-24546.