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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Ingreso en las Fuerzas Armadas.

Artículo 11 del Real Decreto 537/1994, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del militar de empleo de la categoría de oficial. · BOE-A-1994-8233

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-09-01.

Texto consolidado

El Gobierno, a propuesta del Ministro de Defensa, determinará cada año el número de plazas para acceso a militar de empleo de la categoría de oficial, especificando los cupos que correspondan a las distintas modalidades de enseñanza de formación.

Las convocatorias, procedimientos y sistemas de selección para el accesdo a militar de empleo de la categoría de oficial se atendrán a lo dispuesto en el Reglamento general de ingreso en los centros docentes militares de formación y de acceso a la condición de militar de empleo, aprobado por Real Decreto 562/1990, de 4 de mayo.

Los aspirantes seleccionados adquirirán la condición militar como alumnos y causarán alta en los centros docentes militares de formación en las fechas que determine la convocatoria correspondiente.

Este artículo entra en vigor el 1 de septiembre de 1994, según establece la disposición final 2.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-09-01.

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