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Real Decreto Vigente 2 redacciones

Artículo 11. Asesoramiento jurídico e intervención.

Artículo 11 del Real Decreto 308/2007, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa. · BOE-A-2007-5445

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-19.

Texto consolidado

1. La asistencia jurídica y las funciones de intervención y control financiero en relación con las Delegaciones de Defensa se ejercerán, respectivamente, por la Asesoría Jurídica General de la Defensa y por la Intervención Delegada competente.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en aquellas Delegaciones o Subdelegaciones en las que el volumen de su actividad o el número de unidades, centros y organismos desplegados en su circunscripción así lo aconseje, podrá establecerse una asesoría jurídica propia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-12-19.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-26371.

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