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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Criterios objetivos de otorgamiento y ponderación.

Artículo 11 del Real Decreto 264/2017, de 17 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la financiación de la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. · BOE-A-2017-4241

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-19.

Texto consolidado

Los criterios para el otorgamiento de las ayudas previstas en las presentes bases reguladoras y la ponderación de los mismos, serán los siguientes:

a) Línea eléctrica incluida en el inventario de líneas eléctricas que se determina en la disposición transitoria única, apartado 2, del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, realizado por la comunidad autónoma. En función de la notificación que se recoge en ese apartado, se asignarán los siguientes puntos:

1.º Si la notificación realizada por la comunidad tiene una antigüedad igual o inferior a un año en el momento de publicarse la convocatoria, se le asignará un punto.

2.º Si la antigüedad de la notificación es superior a un año e igual o inferior a tres años, se le asignarán dos puntos.

3.º Si la antigüedad de la notificación es superior a tres años en el momento de publicarse la convocatoria, se le asignarán tres puntos.

b) Línea eléctrica que cuente, además, con un informe de la comunidad autónoma acerca de su especial incidencia en la mortandad de especies en peligro de extinción. El valor obtenido en la letra a) se incrementará en cinco puntos.

c) Línea eléctrica que cuente, además, con un informe de la comunidad autónoma de especial incidencia en la mortandad de otras especies de aves amenazadas incluidas en el catálogo nacional o en el de la comunidad autónoma. El valor obtenido en la letra a) se incrementará en dos puntos.

d) Línea eléctrica que cuente, además, con un informe de la comunidad autónoma en el que se indique que la electrocución de aves ha sido causa de incendio forestal grave. El valor obtenido en la letra a) se incrementará en dos puntos.

e) Línea eléctrica descrita en el apartado a) en aquella parte que discurra por el territorio de un Parque Nacional de acuerdo con la ley de declaración del mismo. El valor obtenido en la letra a) se incrementará en tres puntos.

Redactado el párrafo primero de la letra a) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 230, de 23 de septiembre de 2017. Ref. BOE-A-2017-10836

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-04-19.

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