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Real Decreto Vigente

Artículo 11. Régimen fiscal de las actividades de pesca-turismo.

Artículo 11 del Real Decreto 239/2019, de 5 de abril, por el que se establecen las condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo. · BOE-A-2019-5816

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-15.

Texto consolidado

Los beneficios obtenidos con ocasión de las actividades de pesca-turismo se imputarán al régimen general de tributación que proceda por la actividad pesquera principal a la cual complementa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-15.

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