Artículo 11. Secretaría de Estado de Cooperación Internacional.
Artículo 11 del Real Decreto 1748/2010, de 23 de diciembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. · BOE-A-2011-696
Atención: Real Decreto 1748/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Secretaría de Estado de Cooperación Internacional asiste al titular del Departamento en la dirección, formulación y ejecución de la política de cooperación internacional para el desarrollo; y en la coordinación de la acción cultural exterior.
A tal efecto, según establece la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, ejerce las competencias atribuidas al titular del Departamento en la dirección, formulación y ejecución de la política de cooperación para el desarrollo; en su planificación y en su coordinación; administra los recursos de cooperación gestionados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación; asegura la participación española en las organizaciones internacionales de ayuda al desarrollo y define la posición de España en la formulación de la política comunitaria de desarrollo. Asimismo, evalúa la política de cooperación para el desarrollo, y los programas y proyectos financiados con fondos del Estado.
2. Como órgano de asistencia inmediata al titular de la Secretaría de Estado existe un Gabinete, con nivel orgánico de Subdirección General, con la estructura que se establece en el artículo 16.3 del Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre.
3. Están adscritas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, cuya presidencia corresponde al titular de la Secretaría de Estado, y el Instituto Cervantes, ambos regulados por sus disposiciones específicas.
4. Depende funcional y orgánicamente del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional para el Desarrollo, la Academia de España en Roma, que se regula por sus disposiciones específicas.
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