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Real Decreto Derogada

Artículo 11. Dirección Técnica.

Artículo 11 del Real Decreto 1638/2009, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España. · BOE-A-2009-17893

Atención: Real Decreto 1638/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde a la Dirección Técnica:

a) La dirección de las unidades y recursos que le estén adscritos, asegurando su adecuado funcionamiento y el cumplimiento de los fines que les estén encomendados.

b) La definición de las líneas de actuación estratégicas para el cumplimiento de los objetivos perseguidos por los planes y programas de la Biblioteca, y la ejecución, seguimiento y evaluación de los mismos mediante la implantación de sistemas de gestión de calidad de los servicios bibliotecarios.

c) La identificación, organización y proceso técnico de todos los documentos conservados en la Biblioteca Nacional de España, y su incorporación al catálogo de acceso en línea para garantizar el acceso del público a sus colecciones, facilitar su estudio a los investigadores y la elaboración de la Bibliografía Nacional.

d) La ejecución de la política de adquisiciones, a través de la gestión de los ingresos por Depósito Legal, la compra, el canje y el donativo, que garantice la necesaria actualización de sus fondos y enriquezca y complete la colección bibliográfica patrimonial nacional.

e) La adopción de las medidas necesarias para la conservación y protección del patrimonio bibliográfico y digital cuya custodia tiene encomendada.

f) Participación en proyectos y grupos de trabajo de ámbito nacional e internacional dirigidos a la promoción de la investigación y desarrollo de estándares y normativa en el ámbito de la biblioteconomía y de servicios en línea de valor añadido al usuario.

g) La planificación y organización de los servicios a los usuarios: consulta en sala, préstamo interbibliotecario, información bibliográfica, reprografía y elaboración de herramientas de información e instrumentos de consulta a través de Internet, incluyendo la gestión de recursos electrónicos y servicios a distancia.

h) El ejercicio de cuantas otras funciones le sean encomendadas por el Director General de la Biblioteca Nacional de España.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-11-11.

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