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Real Decreto Derogada

Artículo 11.

Artículo 11 del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. · BOE-A-1989-29127

Atención: Real Decreto 1471/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los efectos del artículo anterior, no se admitirán más derechos que los de uso y aprovechamiento adquiridos de acuerdo con la Ley de Costas, careciendo de todo valor obstativo frente al dominio público las detentaciones privadas, por prolongadas que sean en el tiempo y aunque aparezcan amparadas por asientos del Registro de la Propiedad (artículo 8.º de la Ley de Costas).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-12-13.

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