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Orden Vigente

Artículo 11. Personal colaborador.

Artículo 11 de la Orden JUS/3/2018, de 5 de enero, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la segunda fase del plan del Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Fiscal, y se modifica la Orden JUS/1357/2014, de 16 de julio, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas fiscales incluidas en la primera fase. · BOE-A-2018-424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-13.

Texto consolidado

Las relaciones de puestos de trabajo podrán incluir en los distintos centros de destino puestos marcados con el código que figura en la tabla del Anexo II. Estos puestos implicarán la colaboración con los órganos competentes en materia de gestión administrativa, en los términos previstos en el artículo 476.h) de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-13.

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