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Orden Vigente

Artículo 11. Diligencia de acreditación de publicación.

Artículo 11 de la Orden INT/3022/2010, de 23 de noviembre, por la que se regula el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. · BOE-A-2010-18102

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-25.

Texto consolidado

La Dirección General de Tráfico, una vez finalizado el plazo de publicación del edicto en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, enviará por medios electrónicos al organismo emisor, o pondrá a su disposición en la sede electrónica los mecanismos de carácter informático necesarios para obtenerla, una diligencia acreditativa de la publicación firmada electrónicamente, en la que figurarán los datos del edicto y las fechas en que ha permanecido expuesto en estado vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-11-25.

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