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Orden Vigente

Artículo 11. Cursos de actualización y especialización.

Artículo 11 de la Orden EFP/962/2018, de 18 de septiembre, por la que se regulan las características y la organización, se determina el currículo y se regulan los certificados del nivel básico A2, y se establece el currículo y la organización de los niveles intermedio B1, e intermedio B2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial de alemán, árabe, español como lengua extranjera, francés e inglés, y del nivel avanzado C1 de inglés, impartidas en las escuelas oficiales de idiomas de Ceuta y de Melilla. · BOE-A-2018-12763

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-21.

Texto consolidado

1. Las escuelas oficiales de idiomas podrán, en función de los recursos disponibles, organizar e impartir cursos para la actualización y la especialización de competencias en los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, y Avanzado C1.

2. Estos cursos, que se organizarán según demanda, estarán orientados a la formación de personas adultas con necesidad de desarrollar competencias parciales a dichos niveles.

3. La organización e impartición de los cursos de actualización y de especialización conllevará, por parte de la escuela oficial de idiomas que los oferte, el establecimiento de unos objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación, así como la elaboración de una programación que establezca la temporalización de las enseñanzas correspondientes y las características de su evaluación.

4. Los certificados de los cursos de actualización y de especialización de nivel Básico A2 serán expedidos por la escuela oficial de idiomas que haya organizado los cursos correspondientes. Los certificados de los cursos de actualización y de especialización de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, y Avanzado C1 serán expedidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, a propuesta de las escuelas oficiales de idiomas.

5. La certificación de los cursos mencionados en el apartado anterior se llevará a cabo mediante unas pruebas específicas que habrán de cumplir los requisitos y presentar las características que determine al respecto el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

6. En los certificados de los cursos de actualización y especialización, además de lo establecido en el artículo 7.9 del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, se indicará la especialidad del curso correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-09-21.

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