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Orden Vigente

Artículo 11. Planes de pesca.

Artículo 11 de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste. · BOE-A-2017-11114

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-01.

Texto consolidado

Los planes de pesca del Censo Unificado de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, se establecen en el anexo I de la presente orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-10-01.

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