Artículo 11. Duración.
Artículo 11 de la Ley Foral 9/2023, de 22 de marzo, del Consejo Navarro de Medio Ambiente. · BOE-A-2023-9222
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-05.
Texto consolidado
1. El Consejo Navarro de Medio Ambiente se renovará cada cuatro años.
2. El Consejo Navarro de Medio Ambiente continuará en funciones hasta el nombramiento de las nuevas personas que lo integren por orden foral de la persona titular del departamento competente en materia de medio ambiente.