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Ley Foral Vigente

Artículo 11.

Artículo 11 de la Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de Saneamiento de las Aguas Residuales de Navarra. · BOE-A-1989-2954

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-31.

Texto consolidado

Están obligados al pago del canon de saneamiento las personas físicas o jurídicas así como las instituciones que, aun carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado y realicen los vertidos a que se refiere el artículo anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-12-31.

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