Artículo 11. Colaboración con los concejos.
Artículo 11 de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, de Proyectos de Interés Estratégico. · BOE-A-2025-3123
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-28.
Texto consolidado
Los concejos que manifiesten falta de medios materiales o humanos para la tramitación de los expedientes necesarios para la implantación de PIER podrán encomendar a la Administración del Principado de Asturias el impulso y tramitación de los procedimientos necesarios, facultándola a tomar los acuerdos necesarios para la continuidad en la tramitación, con excepción del acuerdo para otorgar las licencias urbanísticas.