Artículo 11. Red Sanitaria de Utilización Pública del Principado de Asturias.
Artículo 11 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. · BOE-A-2019-7841
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-01.
Texto consolidado
1. La Red Sanitaria de Utilización Pública del Principado de Asturias integra todos los centros de titularidad pública y los de titularidad privada vinculados mediante concierto, convenio u otra forma de gestión integrada o compartida con el Sespa.
2. Reglamentariamente se determinarán los niveles que correspondan a cada uno de los Centros integrados en la Red Sanitaria de Utilización Pública del Principado de Asturias, atendiendo a su grado de especialización y al tipo de prestaciones sanitarias que deben cubrir.