El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 11. Programas de seguimiento.

Artículo 11 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino. · BOE-A-2010-20050

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-31.

Texto consolidado

1. Sobre la base de la evaluación inicial el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino elaborará y aplicará, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV, programas de seguimiento coordinados para evaluar permanentemente el estado ambiental del medio marino, teniendo en cuenta las listas indicativas del anexo I y en referencia a los objetivos ambientales definidos según el artículo anterior.

2. Deberán ser compatibles dentro de las regiones o subregiones marinas y se basarán en las disposiciones en materia de evaluación y seguimiento establecidos por la legislación comunitaria aplicable o en virtud de acuerdos internacionales, y serán compatibles con las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-12-31.

Más artículos de Ley 41/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 41/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.