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Ley Vigente

Artículo 11. Información sobre planificación y evaluación.

Artículo 11 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2017-1373

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-01-30.

Texto consolidado

1. Los sujetos incluidos en el artículo 4 de esta ley publicarán, durante toda su vigencia o eficacia, los planes y programas anuales y plurianuales de carácter general o sectorial que establezcan las directrices estratégicas de las políticas públicas.

La información a la que se refiere el párrafo anterior debe contener las actuaciones que constituyen su objeto, los medios que deben utilizarse para su ejecución, sus plazos de cumplimiento, la memoria económica y los estudios e informes técnicos justificativos.

Asimismo, se incluirán en la información publicada los criterios, los indicadores y la metodología para evaluar su cumplimiento, en su caso, las cuantías asignadas a incentivos o productividad por cumplimiento, así como el resultado de su evaluación, una vez ejecutados.

2. Los planes y programas, así como sus modificaciones, se publicarán en la forma y plazos que se determinen reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-01-30.

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