Artículo 11. Coordinación Generalitat-administración local.
Artículo 11 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101
Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Conselleria de Sanidad, a través de la Cartera de Servicios de Salud Pública, establecerá las directrices, planes y programas de actuación en salud pública y coordinará con los ayuntamientos y diputaciones el nivel de responsabilidad y funciones que deben asumir, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y siguientes de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el marco de lo previsto en la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
2. La coordinación entre la administración local y la Generalitat en el ámbito de la salud pública se llevará a cabo a través de los órganos previstos en esta ley y sin perjuicio de las disposiciones establecidas al respecto en la Ley 16/2003, de 28 de mayo.