Artículo 11.
Artículo 11 de la Ley 4/1984, de 12 de noviembre, por la que se crea el Consejo Asesor de RTVE en la Región de Murcia. · BORM-s-1984-90009
Atención: Ley 4/1984 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Consejo Asesor podrá recabar de los organismos o personas competentes en la materia, la información que considere necesaria para pronunciarse en los asuntos sometidos a su consideración y estudio.