Artículo 11. Consejo Comarcal.
Artículo 11 de la Ley 26/2002, de 26 de noviembre, de Creación de la Comarca de Cinco Villas. · BOE-A-2002-24536
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-11-30.
Texto consolidado
1. El gobierno y la administración de la Comarca de Cinco Villas corresponderán al Consejo Comarcal, integrado por el Presidente y los Consejeros.
2. El número de miembros del Consejo Comarcal es de treinta y cinco.