Artículo 11. Promoción de la actividad física y el deporte.
Artículo 11 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón. · BOE-A-2019-993
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-20.
Texto consolidado
1. Las Administraciones públicas aragonesas promoverán la práctica de la actividad física y deportiva de sus ciudadanos, en sus distintas manifestaciones, de acuerdo con los principios rectores que recoge el Estatuto de Autonomía de Aragón y la presente ley.
2. Para el desarrollo de esta acción de promoción, estas mismas Administraciones facilitarán tanto su práctica libre y espontánea como la organizada, al objeto de que estas actuaciones alcancen al mayor número de personas y a una amplia diversidad de actividades físico-deportivas.
3. El estímulo del asociacionismo deportivo será un aspecto prioritario de la promoción de la actividad física y el deporte, especialmente a través de las federaciones deportivas aragonesas y de los clubes deportivos.