Artículo 11. Convocatorias.
Artículo 11 de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud. · BOE-A-2001-21784
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-23.
Texto consolidado
1. Las convocatorias del proceso extraordinario de consolidación de empleo en sus fases de selección y provisión se realizarán en cada ámbito territorial con carácter centralizado, salvo la valoración de la entrevista en la fase de provisión para las categorías del grupo de titulación A, que se llevará a cabo descentralizadamente por cada centro de gestión.
2. Las convocatorias que han de regir los procesos serán aprobadas, en el respectivo ámbito territorial, por Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo o disposición del órgano competente de la Comunidad Autónoma, y publicadas en el correspondiente Boletín o Diario Oficial. Dichas convocatorias determinarán, en la fase de selección, los requisitos y condiciones que deben reunir los aspirantes, el número y características de las plazas convocadas, los plazos de presentación de instancias, la composición de los tribunales y las medidas de coordinación del desarrollo de las pruebas, dirigidas a asegurar la realización simultánea de los ejercicios en los distintos ámbitos territoriales en términos de igualdad, así como la forma en que se llevará a cabo la fase de provisión. Asimismo, las convocatorias establecerán el procedimiento para adjudicar las plazas que quedaran a resultas, excepto para las categorías del grupo de titulación A, en que se estará a lo dispuesto en la disposición adicional octava.
Más artículos de Ley 16/2001
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