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Ley Vigente

Artículo 11. Atribuciones en representación del Estado.

Artículo 11 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno. · BOE-A-2008-19526

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-02.

Texto consolidado

Corresponden al presidente o presidenta de la Generalidad, en ejercicio de la representación ordinaria del Estado en Cataluña, las siguientes atribuciones:

a) Promulgar, en nombre del rey o reina, las leyes, los decretos legislativos y los decretos ley de Cataluña y ordenar su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado».

b) Ordenar la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» de los nombramientos del presidente o presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, del fiscal o la fiscal superior de Cataluña y de los demás cargos institucionales del Estado en Cataluña que, de acuerdo con las leyes, corresponda publicar.

c) Pedir la colaboración a las autoridades del Estado que ejercen funciones públicas en Cataluña.

d) Las demás que determinan el Estatuto y las leyes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-02.

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