Artículo 11.
Artículo 11 de la Ley 11/1988, de 29 de junio, de creación del Instituto Vasco de Educación Física. · BOE-A-2012-3816
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-08-07.
Texto consolidado
Constituyen recursos económicos del Instituto Vasco de Educación Física:
– Los fondos que se le asignen en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Vasca.
– Derechos de matrícula, expedición de títulos, diplomas, certificados y demás derechos por prestación de servicios.
– Los bienes y valores que constituyan su patrimonio.
– Los productos y rentas de dichos bienes.
– Los ingresos que puedan producir las actividades del Instituto en el ámbito de su competencia.
– Las dotaciones económicas que las Diputaciones Forales, Ayuntamientos u otras Entidades públicas o particulares puedan acordar.
– Las subvenciones que legalmente le sean concedidas.
– Los donativos de cualquier tipo que reciba y también las herencias, los legados y los premios que le sean concedidos.