Artículo 11. Pacto Social Vasco sobre Transición Energética y el Cambio Climático.
Artículo 11 de la Ley 1/2024, de 8 de febrero, de Transición Energética y Cambio Climático. · BOE-A-2024-4783
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-22.
Texto consolidado
1. El Gobierno Vasco impulsará la adopción de un pacto social sobre transición energética y cambio climático que contribuya al desarrollo de los objetivos de la presente ley y de los instrumentos de planificación que en ella se prevén.
2. Para la adopción del Pacto Social Vasco sobre Transición Energética y Cambio Climático, el Gobierno Vasco diseñará e impulsará un proceso participativo a través de procesos deliberativos tanto autonómicos como comarcales en los que se incluya a diversos actores políticos, sociales y económicos. Dicho proceso se diseñará en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley.