Artículo 11. Modificación de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación.
Artículo 11 de la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2022-4919
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-08.
Texto consolidado
Se añade un apartado 4 al artículo 10 de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación, con la siguiente redacción:
«4. También será exigible el informe de la dirección general competente en materia de tesorería, cuando las bases reguladoras o la resolución de convocatoria incluyan un pago anticipado superior al 50%.»