Artículo 11. Planificación energética en Castilla-La Mancha.
Artículo 11 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9936
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-14.
Texto consolidado
En desarrollo de los objetivos contenidos en esta ley, se elaborará un Plan Estratégico para el Desarrollo Energético de Castilla-La Mancha, instrumento técnico de planificación energética para el territorio de Castilla-La Mancha, en el que se incluya una programación a corto, medio y largo plazo, de medidas socio-económicas de carácter transversal, con el objetivo de configurar el modelo energético regional.
El Plan Estratégico para el Desarrollo Energético de Castilla-La Mancha será aprobado por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, a propuesta de la Consejería competente en materia de energía.
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