Artículo 11. La Dirección.
Artículo 11 de la Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo. · BOE-A-2003-7405
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
La Dirección del Servicio Cántabro de Empleo es el órgano ejecutivo del mismo y su titular tendrá rango de Director General.
El Director del Servicio Cántabro de Empleo será nombrado y separado libremente por el Gobierno de Cantabria, a través de su Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero titular del departamento de trabajo.