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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 11. Establecimiento y regulación.

Artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Texto consolidado

1. Sólo son exigibles aquellas tasas establecidas y reguladas por Ley de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional segunda.

2. Queda reservada a la Ley la determinación de los elementos esenciales a que se refiere el capítulo siguiente.

3. La Ley de Presupuestos de la Comunidad de Madrid podrá modificar la cuantía de las tasas.#a2.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas..

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