Artículo 11.
Artículo 11 del Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto único de la Ley del deporte. · DOGC-f-2000-90007
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-08.
Texto consolidado
Las entidades no deportivas que están legalmente constituidas y que entre sus actividades incluyen el fomento y práctica de la actividad física y el deporte sin afán de lucro pueden disfrutar de los derechos y beneficios deportivos que disponen las normas reglamentarias aplicables.