Artículo 108. Del régimen general.
Artículo 108 de la Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes. · BOE-A-2021-520
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.
Texto consolidado
El régimen de vacaciones y permisos para el personal destinado o en comisión de servicio en los centros docentes de la Guardia Civil será el establecido con carácter general para el personal acogido al régimen de derechos y deberes del Cuerpo, con las especificidades que se recogen en este capítulo.
Más artículos de Orden PCM/6/2021
- ← Artículo 107. Régimen disciplinario.
- → Artículo 109. Del profesorado acogido al régimen de derechos y deberes de la Guardia Civil y de las Fuerzas Armadas.
- Ver la norma completa: Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes.