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Ley Derogada

Artículo 108. Vigencia de los planes.

Artículo 108 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana. · BOE-A-2006-2975

Atención: Ley 16/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La vigencia de los planes es indefinida, salvo la de los Programas, que será la que en ellos se establezca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-01.

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