Artículo 108. Tipo de infracciones.
Artículo 108 de la Ley 1/2021, de 4 de marzo, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria. · BOE-A-2021-8105
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-22.
Texto consolidado
Las infracciones administrativas incluidas en esta Ley se clasifican en leves, graves y muy graves, y las mismas serán de aplicación sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera derivarse de otras previsiones incluidas en la legislación vigente.