El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 108. Actuaciones previas.

Artículo 108 del Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-14052

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-30.

Texto consolidado

1. Conocida la existencia de las infracciones enumeradas en el artículo anterior, los Jefes de los presuntos responsables y los ordenadores de pagos abrirán un periodo de información o actuaciones previas y adoptarán, con igual carácter, las medidas necesarias para asegurar los derechos de la Comunidad, poniéndolo inmediatamente en conocimiento de la persona titular del departamento competente en materia de hacienda y, en su caso, del Tribunal de Cuentas, para que procedan según sus competencias y conforme a los procedimientos establecidos.

2. El Interventor que en el ejercicio de su función advierta la existencia de infracciones lo pondrá en conocimiento de la persona titular del departamento competente en materia de hacienda a los efectos previstos en el número anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-30.

Más artículos de Decreto Legislativo 3/2023

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 3/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.