Artículo 107. Participación en proyectos y organismos internacionales.
Artículo 107 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional. · BOE-A-2022-5139
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-04-21.
Texto consolidado
La Administración General del Estado promoverá su participación en:
1. Las redes internacionales de formación profesional que aporten conocimiento e intercambio de experiencias en el marco de la formación, la orientación, la digitalización, la sostenibilidad y el crecimiento vinculado a la cualificación de la población, sin perjuicio de las colaboraciones en proyectos internacionales que pudieran establecer las administraciones autonómicas.
2. Los proyectos y organizaciones internacionales vinculados a la innovación y mejora de la formación profesional.