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Ley Vigente

Artículo 107. Otras fórmulas cooperativas.

Artículo 107 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas. · BOE-A-2012-877

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-20.

Texto consolidado

Reglamentariamente, podrán regularse otros tipos de sociedades cooperativas de primer grado que no se ajusten a los criterios establecidos en el Capítulo II de este título. No obstante, de entre estos, serán objeto de regulación reglamentaria, en todo caso, las sociedades cooperativas de integración social, las de servicios públicos y las de explotación comunitaria de la tierra.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-20.

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