El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 107. Participación de las Ciudades de Ceuta y de Melilla en los tributos del Estado.

Artículo 107 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. · BOE-A-2020-17339

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

Uno. Las Ciudades de Ceuta y de Melilla, en cuanto entidades asimiladas a los municipios, participarán en los tributos del Estado con arreglo a las normas generales contenidas en este Capítulo.

Dos. Las Ciudades de Ceuta y de Melilla, en cuanto entidades asimiladas a las provincias, participarán en los tributos del Estado según lo establecido en el artículo 146 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Más artículos de Ley 11/2020

En El Vínculo puedes leer Ley 11/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.