Artículo 106.
Artículo 106 de la Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2024-17642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-31.
Texto consolidado
La aprobación y modificación de reglamentos requerirá el acuerdo plenario de la Comisión Delegada de la Asamblea General de la Real Federación Española de Caza, adoptado por mayoría absoluta de los miembros que la constituyen, previa la inclusión expresa de la modificación que se pretenda en el orden del día de la sesión de la Comisión.
La aprobación y modificación de los citados reglamentos sólo tendrán eficacia jurídica a partir del momento de la notificación de su aprobación o modificación por el Consejo Superior de Deportes.