Artículo 106.
Artículo 106 de la Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2011-3756
Atención: BOE-A-2011-3756 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La aprobación y modificación de reglamentos requerirá el acuerdo plenario de la Comisión Delegada de la Asamblea General de la Real Federación Española de Caza, adoptado por mayoría absoluta de los miembros que la constituyen, previa la inclusión expresa de la modificación que se pretenda en el orden del día de la sesión de la Comisión.
La aprobación y modificación de los citados reglamentos sólo tendrán eficacia jurídica a partir del momento de la notificación de su aprobación o modificación por el Consejo Superior de Deportes.